De acuerdo con Jesica Leandra Ramírez, profesional especializada de Corpocaldas, las Corporaciones Autónomas Regionales tienen la competencia (según la Ley 99 de 1993 y el Decreto 3600 de 2007), de definir las condiciones ambientales necesarias para el desarrollo de proyectos de viviendas campestres y de los usos comerciales, de servicios (incluyendo el turismo) e industriales en dichas áreas.
“Resulta que nosotros tenemos una determinante en este momento, la Resolución 537 de 2010, que tuvo un estudio de soporte y fue expedida hace 12 años. Con todas las dinámicas que se han dado en el territorio es necesario actualizar ese estudio y lo estamos haciendo teniendo en cuenta los temas normativos, de lineamientos políticos y la dinámica territorial, para definir todo lo que tiene que ver con las densidades máximas de vivienda en suelo rural y todas las condiciones ambientales para el desarrollo en suelos rurales y suelos rurales suburbanos”, puntualizó la funcionaria.
Esta actualización que se realiza desde el mes de enero del 2022, deberá entregarse en el segundo semestre del año y contará con la revisión de aspectos clave como la disponibilidad del abastecimiento hídrico para las comunidades que desarrollen proyectos en este tipo de suelos, la articulación con los lineamientos e instrumentos normativos nacionales y regionales, y la revisión de usos potenciales del suelo rural, teniendo en cuenta los usos productivos agropecuarios, forestales y mineros, las clases agrológicas, los suelos de protección y la estructura ecológica, entre otros.
La ficha departamental y las municipales de la determinante ambiental, deberán ser incorporadas por las administraciones municipales y contarán con el soporte político, normativo, conceptual y cartográfico.