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Se observaron dos explotaciones subterráneas sobre la margen derecha aguas abajo de la quebrada Honda y margen izquierda aguas abajo de la quebrada San Juan. Los responsables no presentaron documentos que respaldaran la legalidad de la actividad minera como Título Minero y Licencia Ambiental.
Minería ilícita en Supía impactó negativamente un área de 360 m2

Manizales (Corpocaldas). El 29 de junio, la Autoridad Ambiental acompañó a integrantes de la Unidad Investigativa de Delitos Contra el Ambiente y los Recursos  Naturales – SIJIN de la Policía Nacional a una visita de campo a la vereda Alto Sevilla del municipio de Supía, con el propósito de emitir un concepto técnico relacionado con los daños ambientales asociados a una presunta explotación ilícita de yacimiento minero de oro aluvial.

Durante el recorrido se observaron dos explotaciones subterráneas de oro aluvial conocidas como cúbicos, para recuperar el oro existente dentro de los materiales (arenas y gravas) que componen las terrazas aluviales sobre la margen derecha aguas abajo de la quebrada Honda y margen izquierda aguas abajo de la quebrada San Juan. En el lugar se encontraron quince individuos que realizaban la explotación minera ilícita con equipos y elementos mineros como: dos canaletas en madera para el lavado del material, un motor extractor, 2 motobombas, baldes, palas, bateas, mangueras, red eléctrica hechiza y canecas, entre otros.

Las personas no aportaron documentos que respaldaran la legalidad de la actividad de explotación como el Título Minero y la Licencia Ambiental, conforme a lo estipulado en la Ley 685 de 2001 (Código de Minas), Ley 99 de 1993 y el Decreto 1076 de 2015. Tampoco se encontraron documentos o permisos que se asociaran al uso, aprovechamiento o afectación de los recursos naturales identificados, como Concesión de Aguas, Permiso de Vertimientos, Aprovechamiento Forestal o para el transporte del material vegetal.

Los impactos negativos o daños identificados sobre el medio ambiente y los recursos naturales en un área afectada de 288 m2 y 72 m2, fueron:

  • Intervención de especies de flora, producto de los primeros estadios de sucesión vegetal, que conforman la faja forestal protectora de las quebradas Honda y San Juan. En la zona hay vegetación secundaria baja del Zonobioma húmedo tropical del Cauca, donde se observan especies como: matarratón, Leguminosas, Caña Brava, Balso, Aráceas, Asteráceas, Poaceas, entre otras. 
  • Contaminación de las aguas de las quebradas Honda y San Juan mediante el aporte de sedimentos y/o rocas, provenientes del lavado de arenas y gravas.
  • Inadecuada disposición de residuos sólidos ordinarios (recipientes plásticos, empaques plásticos, papel, residuos de comida y residuos de madera, entre otros). 
  • Disposición antitécnica de estériles sobre la ribera y cauce margen derecha e izquierda aguas abajo de las quebradas Honda y San Juan, alterando el cauce y la dinámica natural de las dos fuentes hídricas. 
  • Afectación de la faja forestal protectora de las quebradas Honda y San Juan, por la introducción de la explotación minera ilícita o ilegal y la infraestructura asociada. 
  • Modificación del paisaje natural, debido a la introducción de las explotaciones mineras y la infraestructura asociada sobre la faja forestal protectora de las fuentes hídricas.
  • Contaminación del suelo por el vertimiento directo de aguas no domésticas cargadas con sólidos (vertimientos industriales), provenientes de las labores de beneficio minero (lavado de arenas y gravas).

Además, la explotación ilícita pone en alto riesgo la vida de las personas que laboran en el lugar, por no contar con las medidas de seguridad minera necesarias para mitigar el riesgo de la actividad.

Cabe anotar que dentro del área de protección de la faja forestal protectora y/o llanura de inundación de cualquier corriente de agua (30 metros), no se puede desarrollar ninguna actividad de explotación minera sin autorización, de acuerdo con lo establecido en los Planes de Ordenamiento Territorial Municipales aprobados y lo estipulado en el Decreto No. 1076 de 2015.

Corpocaldas trasladó copia del informe a la Alcaldía de Supía y a la Policía Nacional, seccional Caldas para lo de su competencia, según el Artículo 306 de la Ley 685.

Corpocaldas

Minería ilícita en Supía impactó negativamente un área de 360 m2

Minería ilícita en Supía impactó negativamente un área de 360 m2

Manizales (Corpocaldas). El 29 de junio, la Autoridad Ambiental acompañó a integrantes de la Unidad Investigativa de Delitos Contra el Ambiente y los Recursos  Naturales – SIJIN de la Policía Nacional a una visita de campo a la vereda Alto Sevilla del municipio de Supía, con el propósito de emitir un concepto técnico relacionado con los daños ambientales asociados a una presunta explotación ilícita de yacimiento minero de oro aluvial.

Durante el recorrido se observaron dos explotaciones subterráneas de oro aluvial conocidas como cúbicos, para recuperar el oro existente dentro de los materiales (arenas y gravas) que componen las terrazas aluviales sobre la margen derecha aguas abajo de la quebrada Honda y margen izquierda aguas abajo de la quebrada San Juan. En el lugar se encontraron quince individuos que realizaban la explotación minera ilícita con equipos y elementos mineros como: dos canaletas en madera para el lavado del material, un motor extractor, 2 motobombas, baldes, palas, bateas, mangueras, red eléctrica hechiza y canecas, entre otros.

Las personas no aportaron documentos que respaldaran la legalidad de la actividad de explotación como el Título Minero y la Licencia Ambiental, conforme a lo estipulado en la Ley 685 de 2001 (Código de Minas), Ley 99 de 1993 y el Decreto 1076 de 2015. Tampoco se encontraron documentos o permisos que se asociaran al uso, aprovechamiento o afectación de los recursos naturales identificados, como Concesión de Aguas, Permiso de Vertimientos, Aprovechamiento Forestal o para el transporte del material vegetal.

Los impactos negativos o daños identificados sobre el medio ambiente y los recursos naturales en un área afectada de 288 m2 y 72 m2, fueron:

  • Intervención de especies de flora, producto de los primeros estadios de sucesión vegetal, que conforman la faja forestal protectora de las quebradas Honda y San Juan. En la zona hay vegetación secundaria baja del Zonobioma húmedo tropical del Cauca, donde se observan especies como: matarratón, Leguminosas, Caña Brava, Balso, Aráceas, Asteráceas, Poaceas, entre otras. 
  • Contaminación de las aguas de las quebradas Honda y San Juan mediante el aporte de sedimentos y/o rocas, provenientes del lavado de arenas y gravas.
  • Inadecuada disposición de residuos sólidos ordinarios (recipientes plásticos, empaques plásticos, papel, residuos de comida y residuos de madera, entre otros). 
  • Disposición antitécnica de estériles sobre la ribera y cauce margen derecha e izquierda aguas abajo de las quebradas Honda y San Juan, alterando el cauce y la dinámica natural de las dos fuentes hídricas. 
  • Afectación de la faja forestal protectora de las quebradas Honda y San Juan, por la introducción de la explotación minera ilícita o ilegal y la infraestructura asociada. 
  • Modificación del paisaje natural, debido a la introducción de las explotaciones mineras y la infraestructura asociada sobre la faja forestal protectora de las fuentes hídricas.
  • Contaminación del suelo por el vertimiento directo de aguas no domésticas cargadas con sólidos (vertimientos industriales), provenientes de las labores de beneficio minero (lavado de arenas y gravas).

Además, la explotación ilícita pone en alto riesgo la vida de las personas que laboran en el lugar, por no contar con las medidas de seguridad minera necesarias para mitigar el riesgo de la actividad.

Cabe anotar que dentro del área de protección de la faja forestal protectora y/o llanura de inundación de cualquier corriente de agua (30 metros), no se puede desarrollar ninguna actividad de explotación minera sin autorización, de acuerdo con lo establecido en los Planes de Ordenamiento Territorial Municipales aprobados y lo estipulado en el Decreto No. 1076 de 2015.

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