Radicación de la solicitud: se puede radicar de manera presencial y electrónica:
Presencial: Punto de Atención al Usuario, carrera 24 #19-36, Manizales. O en nuestras sedes regionales ubicadas en los municipios del Departamento. Consulte
aquí las direcciones de las sedes y los horarios de atención. El usuario deberá diligenciar el formulario de identificación con los datos básicos de la persona natural, jurídica privada o jurídica pública según corresponda al igual que los anexos. En caso de realizarse un cambio es obligación del usuario mantener actualizados los datos oficiales de contacto.
Electrónica: Ingrese
aquí para conocer todos los trámites ambientales disponibles que puede adelantar en Corpocaldas.
Evaluación preliminar:
Verificación de la documentación mínima requerida para la autorización de una solicitud de Ocupación de Cauce. Esta revisión se desarrolla en dos fases, la primera, tiene que ver con la documentación legal y la segunda, con la revisión de la documentación técnica mínima para el soporte de la realización de una obra en el cauce de un cuerpo de agua.
De esta revisión se obtendrán dos posibles resultados, que la documentación allegada por el usuario esté completa o que, por el contrario, haga falta algún documento en la parte legal o técnica y en este caso, se deberá requerir al usuario, una única vez, para que el mismo complete la documentación mínima requerida para dar inicio al Trámite Administrativo.
Visita técnica
Se realizará una visita técnica de evaluación en campo en el sitio donde se pretendan desarrollar las obras, con la finalidad de evaluar técnicamente la viabilidad de la ejecución del proyecto, la posible generación de afectaciones ambientales al cuerpo de agua, o elementos medio ambientales vulnerables que puedan llegar a ser afectados en el marco de la ejecución de las labores.
Se revisarán parámetros como la coincidencia de las coordenadas reportadas y las evidenciadas en campo, el estado actual de los elementos ambientales de interés, definir la necesidad de obras complementarias para asegurar el correcto estado y funcionamiento y de permisos adicionales; además, se explicará al usuario los pormenores del trámite de Ocupación de Cauce, sus actividades permitidas y no permitidas y el proceso del permiso.
Decisión y emisión de acto administrativo
Una vez se tiene el informe de evaluación del profesional asignado al caso, estableciendo claramente la viabilidad técnica de la ejecución de las obras solicitadas en el marco del permiso de Ocupación de Cauce, se remitirá a la Secretaría General de Corpocaldas donde emitirán el acto administrativo que otorga o niega un permiso, basándose en las consideraciones técnicas reportadas.
Tiempos estimados
El tiempo que la Autoridad Ambiental necesita para dar respuesta es de 45 días hábiles o dependiendo si se requiere información adicional.