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"El agua subterránea hace parte del ciclo hidrológico, y es el resultado de la infiltración profunda a través de poros o grietas de sedimentos y rocas del agua proveniente de la precipitación o de fuentes superficiales interconectadas. De esta forma, el agua puede almacenarse en acuíferos que se constituyen en embalses naturales que puede ser aprovechada por el hombre para satisfacer diversas necesidades, o retornar de forma natural hacia sistemas acuáticos y terrestres interdependientes, cumpliendo una importante función reguladora de las corrientes hídricas o prestando diversos servicios ecosistémicos". Tomado del PNASUB - Programa Nacional de Agua Subterránea - "Un camino estratégico para la gestión de un recurso invisible" Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible 2014.

Corpocaldas ha venido adelantando estudios para conocer el potencial de las aguas subterráneas en su jurisdicción identificando tres (3) zonas de recarga de acuíferos: río Grande de la Magdalena, Santágueda-Km 41 y río Risaralda; los acuíferos correspondientes han sido ampliamente estudiados y cuentan con Planes de Manejo formulados y actualizados conforme a la Guía metodológica para la formulación de planes de manejo ambiental de acuíferos expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el año 2014. La identificación de las zonas de recarga de dichos acuíferos se realizó en la fase de diagnóstico, teniendo en cuenta que estas zonas hacen parte de las áreas de especial importancia, según la Guía metodológica mencionada.

En concordancia con lo establecido en el Decreto 1076 de 2015 parágrafo 1 del artículo 2.2.3.1.1.5 "Los acuíferos deberán ser objeto de Plan de Manejo Ambiental, cuyas medidas de planificación y administración deberán ser recogidas en los Planes de Ordenación y Manejo de las Cuencas hidrográficas correspondientes", desde CORPOCALDAS se han realizado las siguientes acciones:

Acuífero Santagueda - Km 41: El área del acuífero hace parte de las cuencas Chinchiná, Tapias Tareas y Opirama directos al Cauca, en este orden de ideas  se incorporan las líneas estratégicas (programas, proyectos y actividades) del PMAA en el POMCA Tapias Tareas, este último aprobado mediante Resolución 0644 del 28 de abril de 2021. Se incorporan las medidas de manejo para las zonas de recarga en el POMCA Chinchiná, aprobado mediante Resolución 411 del 3 de octubre de 2016. El POMCA Opirama en fase de aprestamiento.

Acuífero del Río Risaralda: El área del acuífero hace parte de la cuenca del río Risaralda. Se incluyen  en la zonificación ambiental del POMCA del Risaralda las zonas de recarga alta y muy alta. En el componente programático se incluyen actividades asociadas con hidrogeología. POMCA aprobado mediante Resolución 2017-3688 del 20 de diciembre de 2017.

Acuífero del Río Grande de la Magdalena: El área del acuífero hace parte de las cuencas Guarnió, la Miel y aferentes directos al Magdalena, esta última cuenca no tiene POMCA y es el mayor porcentaje de área en el acuífero. Se aprobó el Plan de Manejo Ambiental del Acuífero - PMAA mediante Resolución 2021-1731 del 1 de octubre de 2021.

 Resolución 2021-1731
Gestión del Agua Subterránea en Caldas 

 

Corpocaldas

Planes de Manejo de Acuíferos

"El agua subterránea hace parte del ciclo hidrológico, y es el resultado de la infiltración profunda a través de poros o grietas de sedimentos y rocas del agua proveniente de la precipitación o de fuentes superficiales interconectadas. De esta forma, el agua puede almacenarse en acuíferos que se constituyen en embalses naturales que puede ser aprovechada por el hombre para satisfacer diversas necesidades, o retornar de forma natural hacia sistemas acuáticos y terrestres interdependientes, cumpliendo una importante función reguladora de las corrientes hídricas o prestando diversos servicios ecosistémicos". Tomado del PNASUB - Programa Nacional de Agua Subterránea - "Un camino estratégico para la gestión de un recurso invisible" Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible 2014.

Corpocaldas ha venido adelantando estudios para conocer el potencial de las aguas subterráneas en su jurisdicción identificando tres (3) zonas de recarga de acuíferos: río Grande de la Magdalena, Santágueda-Km 41 y río Risaralda; los acuíferos correspondientes han sido ampliamente estudiados y cuentan con Planes de Manejo formulados y actualizados conforme a la Guía metodológica para la formulación de planes de manejo ambiental de acuíferos expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el año 2014. La identificación de las zonas de recarga de dichos acuíferos se realizó en la fase de diagnóstico, teniendo en cuenta que estas zonas hacen parte de las áreas de especial importancia, según la Guía metodológica mencionada.

En concordancia con lo establecido en el Decreto 1076 de 2015 parágrafo 1 del artículo 2.2.3.1.1.5 "Los acuíferos deberán ser objeto de Plan de Manejo Ambiental, cuyas medidas de planificación y administración deberán ser recogidas en los Planes de Ordenación y Manejo de las Cuencas hidrográficas correspondientes", desde CORPOCALDAS se han realizado las siguientes acciones:

Acuífero Santagueda - Km 41: El área del acuífero hace parte de las cuencas Chinchiná, Tapias Tareas y Opirama directos al Cauca, en este orden de ideas  se incorporan las líneas estratégicas (programas, proyectos y actividades) del PMAA en el POMCA Tapias Tareas, este último aprobado mediante Resolución 0644 del 28 de abril de 2021. Se incorporan las medidas de manejo para las zonas de recarga en el POMCA Chinchiná, aprobado mediante Resolución 411 del 3 de octubre de 2016. El POMCA Opirama en fase de aprestamiento.

Acuífero del Río Risaralda: El área del acuífero hace parte de la cuenca del río Risaralda. Se incluyen  en la zonificación ambiental del POMCA del Risaralda las zonas de recarga alta y muy alta. En el componente programático se incluyen actividades asociadas con hidrogeología. POMCA aprobado mediante Resolución 2017-3688 del 20 de diciembre de 2017.

Acuífero del Río Grande de la Magdalena: El área del acuífero hace parte de las cuencas Guarnió, la Miel y aferentes directos al Magdalena, esta última cuenca no tiene POMCA y es el mayor porcentaje de área en el acuífero. Se aprobó el Plan de Manejo Ambiental del Acuífero - PMAA mediante Resolución 2021-1731 del 1 de octubre de 2021.

 Resolución 2021-1731
Gestión del Agua Subterránea en Caldas 

 

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