De acuerdo a lo establecido por el Departamento Administrativo de la Función Pública el clima laboral es la forma como los servidores públicos disfrutan del ambiente de trabajo en el cual se desempeñan, por este motivo cada entidad debe tener establecido un Plan de Bienestar el cual debe formalizarse de acuerdo a la normatividad vigente, negociaciones sindicales y el diagnóstico de las necesidades de capacitación y actividades de bienestar de la entidad.
El clima laboral debe medirse cada dos años y con los resultados de esta medición cada entidad establece acciones de mejora si es el caso con el fin de procurar un espacio propicio de trabajo.